Elementos básicos de Derecho (I): El Diario Oficial
Los Diarios Oficiales son la forma básica en las que el Poder Legislativo está en contacto con los ciudadanos. Por decirlo de una forma más simple, son el "papel" en el que quedan impresas las leyes. El entrecomillado no es baladí. Si bien es cierto que en un inicio los Diarios Oficiales se editaban en papel, en la actualidad, la mayoría de accesos a estos documentos se hacen vía web.
La característica principal de estos documentos es que dan publicidad a las leyes una vez promulgadas, es decir, una vez que han pasado la totalidad de trámites parlamentarios. Esta publicidad permite a los ciudadanos saber desde que fecha producen efectos las leyes, y por lo tanto, a qué atenerse cuando se realiza cualquier tipo de acto jurídico. Esto es muy importante de lo que parece y pondré un ejemplo:
La ley del IVA se reforma a 1 de enero de 2018 bajando el tipo impositivo máximo del 21% (actual) al 10%. Si Juan quiere comprar un PC de 1.000 euros (sin impuestos), el 31 de diciembre de 2017 pagará 1.210 mientras que si lo hace el 1 de enero, pagará 1.100 euros. La diferencia si lo elevamos a miles millones de euros, es palpable.
Ahondando en los Diarios Oficiales, pueden clasificarse en
Como podemos ver, el articulado es bastante amplio, creando un acervo jurídico y legislativo que poco tiene que envidiar al laberinto de Creta, pero con tiempo y experiencia, ese laberinto no deja de ser interesante de leer. Créame.
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La característica principal de estos documentos es que dan publicidad a las leyes una vez promulgadas, es decir, una vez que han pasado la totalidad de trámites parlamentarios. Esta publicidad permite a los ciudadanos saber desde que fecha producen efectos las leyes, y por lo tanto, a qué atenerse cuando se realiza cualquier tipo de acto jurídico. Esto es muy importante de lo que parece y pondré un ejemplo:
La ley del IVA se reforma a 1 de enero de 2018 bajando el tipo impositivo máximo del 21% (actual) al 10%. Si Juan quiere comprar un PC de 1.000 euros (sin impuestos), el 31 de diciembre de 2017 pagará 1.210 mientras que si lo hace el 1 de enero, pagará 1.100 euros. La diferencia si lo elevamos a miles millones de euros, es palpable.
Ahondando en los Diarios Oficiales, pueden clasificarse en
- El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE): Como bien se señala, es el diario oficial de la Unión Europea y en él se publica la totalidad del cuerpo legislativo comunitario: reglamentos, comunicaciones, directivas...
- Boletín Oficial del Estado: Es el diario oficial de España y en él se publican además de las leyes que se aprueban en el Congreso, convenios, anuncios de contratos públicos, nombramientos o sentencias entre otros.
- Boletín de las comunidades autonómicas: En ellos se publica la normativa comunitaria, es decir, aquella legislación que solamente afecta a los ciudadanos de una comunidad autónoma determinada. Su multiplicidad es un quebradero de cabeza para los juristas, sobre todo aquellos más inexpertos, ya que sus artículos pueden ajustarse perfectamente a una demanda o un informe jurídico, pero no ser de aplicación. También se incluyen algunas sentencias, nombramientos u oposiciones, por ejemplo.
- Boletines oficiales de las provincias: En los boletines oficiales de las provincias se incluyen las disposiciones aprobadas por los ayuntamientos y las diputaciones.
Como podemos ver, el articulado es bastante amplio, creando un acervo jurídico y legislativo que poco tiene que envidiar al laberinto de Creta, pero con tiempo y experiencia, ese laberinto no deja de ser interesante de leer. Créame.
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